Calculadora de Vacaciones Proporcionales en Chile (Actualizado 2026)

Si tu contrato terminó antes de completar un año de servicio, tienes derecho a recibir el pago de vacaciones proporcionales en tu finiquito. Esta calculadora te permite estimar ese monto en segundos.

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Guía de Casos: ¿Cómo te pagan?

Respuestas específicas para cada situación laboral.

Fórmula de Cálculo

La fórmula estándar es: 1,25 días por mes. Se multiplica este factor por los meses trabajados y luego por el valor diario de tu sueldo.

Normativa en Chile

En Chile, el derecho a vacaciones es irrenunciable. Si no alcanzas a tomarlas antes de irte, el empleador está obligado por ley a pagarlas.

Ejemplo: 6 Meses

Si trabajaste 6 meses exactos, te corresponden 7,5 días hábiles de vacaciones pagadas (6 x 1,25).

Ejemplo: 3 Meses

Muy común en trabajos de verano. Por 3 meses de trabajo, acumulas 3,75 días hábiles que deben pagarse en tu finiquito.

Ejemplo: Sueldo Mínimo

Con el sueldo mínimo ($539.000), el valor de tu día de vacaciones es aprox. $17.966. Multiplica esto por tus días acumulados.

Trabajo Part Time

Los Part Time también acumulan 15 días al año. La diferencia es que su "valor día" es menor, proporcional a las horas de su jornada reducida.

Contrato Plazo Fijo

Al terminar un contrato a plazo fijo, se deben pagar todas las vacaciones acumuladas en el tiempo trabajado. No se pierden.

Pago por Renuncia

Incluso si te vas por renuncia voluntaria, el empleador está obligado a incluir el pago de vacaciones proporcionales en tu finiquito.

Sector Público

El Sector Público se rige por el Estatuto Administrativo. Sus reglas de feriado legal pueden diferir del Código del Trabajo (ej: días progresivos).

Asistentes de la Educación

Los Asistentes de la Educación suelen tener feriado legal en enero y febrero (cierre de escuelas), recibiendo su remuneración íntegra.

Lo que dice la DT

La Dirección del Trabajo (DT) establece que el pago debe ser equivalente a la remuneración íntegra que hubiese recibido el trabajador por esos días.

Base Legal de las Vacaciones Proporcionales en Chile

El derecho a feriado legal está regulado en el Artículo 67 del Código del Trabajo, que establece que todo trabajador con más de un año de servicio tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones anuales.

Cuando la relación laboral termina antes de completar el año, el empleador debe pagar el feriado proporcional, conforme a lo señalado en el Artículo 73 del Código del Trabajo.

La Dirección del Trabajo (DT) ha reiterado que este pago debe ser equivalente a la remuneración íntegra que el trabajador habría recibido durante esos días, incluyendo sueldo base y gratificaciones permanentes.

Esta información es referencial y no constituye asesoría legal.

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se calculan los días de vacaciones proporcionales?
Dividiendo los 15 días anuales por 12 meses, obtienes el factor 1,25 días por mes. Multiplica este factor por los meses que trabajaste para saber tus días acumulados.
¿Cuándo se tiene derecho a las vacaciones proporcionales?
Tienes derecho cuando tu relación laboral termina (por renuncia o despido) antes de completar un año de servicio, o si te quedan días pendientes de un periodo anterior.
¿Qué es el 2.5 en un finiquito?
El "2.5" suele referirse a la cantidad de días de vacaciones acumulados por 2 meses de trabajo (1,25 x 2 = 2,5 días). Es una cifra común en contratos cortos.
¿Cómo calcular el pago de vacaciones en finiquito en Chile?
Primero obtén tu valor día (Sueldo mensual fijo / 30). Luego multiplica ese valor por la cantidad de días proporcionales que te corresponden.
¿Qué dice el artículo 184 del Código del Trabajo?
El Art. 184 obliga al empleador a proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores. Aunque no regula el cálculo de vacaciones, es fundamental para denunciar despidos si la empresa no garantizó tu seguridad.
¿Cuál es la fórmula para el pago de vacaciones?
Fórmula simplificada: (Sueldo Base + Gratificación) ÷ 30 × Días Proporcionales.
¿Cómo se pagan las vacaciones en finiquito?
Se pagan como un bono imponible dentro de la liquidación final. Están afectas a descuentos previsionales (AFP, Salud) pero no al Seguro de Cesantía.

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